Vacaciones anuales: Todo lo que necesitas saber para cumplir la ley
La licencia ordinaria anual es un derecho fundamental de los trabajadores contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina. Este beneficio permite que los empleados gocen de un descanso anual remunerado con duración y condiciones específicas, según su antigüedad en el empleo. En esta nota, te contamos los aspectos clave sobre este tema que tanto empleadores como empleados deben conocer.

La licencia ordinaria anual es un derecho fundamental de los trabajadores contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina. Este beneficio permite que los empleados gocen de un descanso anual remunerado con duración y condiciones específicas, según su antigüedad en el empleo. En esta nota, te contamos los aspectos clave sobre este tema que tanto empleadores como empleados deben conocer.
Duración de la licencia según la antigüedad
El Artículo 150 establece los plazos mínimos de la licencia ordinaria anual:
- 14 días corridos: Para trabajadores con una antigüedad de hasta 5 años.
- 21 días corridos: Para quienes tengan entre 5 y 10 años de antigüedad.
- 28 días corridos: Si la antigüedad es mayor a 10 años y hasta 20.
- 35 días corridos: Para quienes superen los 20 años de antigüedad.
El cómputo de antigüedad se realiza al 31 de diciembre del año en el que corresponde tomar las vacaciones.
Requisitos para gozar de la licencia
Según el Artículo 151, el trabajador debe haber prestado servicios al menos la mitad de los días hábiles del año calendario o aniversario correspondiente. En este cálculo también se consideran los días feriados en los que el empleado normalmente debería trabajar.
Es importante destacar que:
- Las vacaciones deben comenzar un lunes o el primer día hábil siguiente si este es feriado.
- En caso de trabajadores con horarios especiales, la licencia comienza al día siguiente del descanso semanal.
- No se requiere antigüedad mínima para acceder a este beneficio.
Cómputo del tiempo trabajado
De acuerdo al Artículo 152, también se consideran como días trabajados aquellos en los que el empleado no haya prestado servicios debido a licencias legales o convencionales, enfermedades inculpables, accidentes de trabajo u otras causas no imputables al trabajador.
Vacaciones proporcional para quienes no cumplan el tiempo mínimo
En caso de que el trabajador no alcance el tiempo mínimo establecido en el Artículo 151, tendrá derecho a una licencia proporcional. Este cálculo se realiza otorgando 1 día de descanso por cada 20 días trabajados efectivamente.
Además, si las actividades del establecimiento se suspenden por un período superior al tiempo de licencia que corresponde al trabajador, se considerará una suspensión de hecho sujeta a las normas legales vigentes.
Reflexión final
La licencia anual es un derecho que garantiza el equilibrio entre la vida laboral y personal del trabajador, fomentando el descanso y el bienestar. Para los empleadores, es fundamental cumplir con esta normativa para asegurar relaciones laborales justas y armoniosas.
Si tenés dudas sobre la aplicación de este beneficio en tu empresa o querés más información, en B Consultores estamos para asesorarte. ¡Contactanos y asegurá la tranquilidad legal de tu organización!